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Artículos Prohibidos y Restringidos Imprimir


  • Artículos prohibidos y restringidos

    Artículos prohibidos (no permitidos)

    * Libros censurados por la ley, por motivos de seguridad y de tradición cultural, cintas de vídeo, negativos, LD, CD, CD-ROM, etc.
    * Artículos que revelen secretos de Estado.
    * Monedas, billetes o pagarés bancarios falsificados, entre otros valores mobiliarios.

  • Artículos restringidos

    • * Armas, productos químicos, espadas, etc, armamento (decorativo o imitaciones), artículos explosivos y tóxicos.
      Aquellos que quieran importar o exportar materiales químicos o armas de fuego, necesitan el permiso del Jefe del Departamento de la Policía Nacional.
    • * Mercancías restringidas por la ley de control de productos farmacéuticos como opio, hojas de cocaína, drogas, psicofármacos, marihuana y sus derivados.
    • * Animales salvajes y plantas silvestres en peligro de extinción. Plantas y animales vivos protegidos por la norma internacional (CITES) y los productos fabricados con estos seres.
      Tigres, leopardos, elefantes, avestruces, halcones, búhos, cobras, tortugas, cocodrilos, esturiones, corales, orquídeas chinas, cactus, aloe vera y otros, tanto vivos como disecados, incluyendo sus objetos derivados como pieles, marfiles, bolsos, billeteras, accesorios, etc. Hiel de oso, almizcle, medicinas orientales extraídas de animales, etc. Enula, Gastrodia elata, etc, medicinas orientales y medicamentos fabricados con estos vegetales.
    • * Documentos que se puedan cobrar en el exterior (pagarés, letras de cambio, excepto cartas de pago) que excedan de 10.000 dólares americanos, moneda corriente (wones) o cheques de viaje con marcación en wones (deberán ser declarados al momento de entrar o salir del país).
    • * Cheques al portador, letras de cambio, giros postales, etc.
    • * Joyas (excepto los collares o anillos de oro usados diariamente) y acciones (prohibida su entrada y salida del país).
    • * Bienes culturales (prohibida su salida del país).
    • * Artículos prohibidos por las reglas de aprobación de traslados en la Ley de la Industria Pesquera, Vegetal y de los Animales (prohibida su salida del país).
      Artículos que puedan perjudicar a las reservas de semillas y plantas de semillero y a las zonas de protección de los recursos hidráulicos nacionales. Animales y plantas declarados como monumentos naturales.
    • * Productos de desecho, detectados por la antedicha ley en su traslado entre los países y su envío (prohibida su entrada y salida del país).
    • * Todos los productos agrícolas (prohibida su entrada y salida del país).
    • * Animales (incluidos su carne, pieles y pelaje) y productos ganaderos (prohibida su entrada al país).
  • Artículos prohibidos en el avión

    Para la seguridad del vuelo y la protección de los pasajeros y de sus bienes personales, se prohíben algunos artículos que el pasajero pudiera facturar o llevar consigo. En el caso de facturar en el avión ciertos artículos prohibidos, bajo sospecha de delito criminal, pueden ser castigados por la ley.

    • Artículos afilados o peligrosos

      Cortauñas, navajas multiusos, tijeras, cúteres, etc. El pasajero puede pedir al personal de la aerolínea facturar en el avión algunos de los artículos prohibidos como equipaje adicional.

    • Prohibido llevar en la cabina líquidos, geles y aerosoles

      A partir del 1 de marzo de 2007, se prohíbe la introducción en el avión de líquidos, geles y aerosoles, en todos los vuelos internacionales que partan del aeropuerto de Corea (incluido los de tránsito e intercambio).

      Cantidad permitida: Inferior a 100 ml. por cada recipiente (por cada pasajero una bolsa de 1 litro, con cierre de cremallera). * Las bolsas herméticas de 1 litro son adquiribles en farmacias o tiendas del aeropuerto.
    • Condiciones aptas para el equipaje de mano


      Ejemplo

      Los envases deberán ser contenidos en la bolsa hermética transparente de 1 litro de capacidad. La bolsa hermética transparente, de 20x20 cm, deberá estar cerrada. El cierre de la bolsa deberá estar sellado completamente. De lo contrario será imposible su entrada. Deberán entregarlas al personal correspondiente, antes de la inspección de seguridad, separadas del resto del equipaje.

  • Productos adquiridos en las tiendas libres de impuestos -Duty Free

    Los productos líquidos, geles, aerosoles y cosméticos adquiridos en las tiendas libres de impuestos -Duty Free- podrán ser introducidos, de acuerdo con los siguientes requisitos:

    Ser envueltos en bolsas transparentes con sello de garantía de Duty Free o bolsas STEB (STEB; Security Tamper Evident Bag) Mantener cerradas las bolsas antes de subir en el avión del último destino. Contar con el recibo de los artículos adquiridos (se permite su entrada sin importar el peso total). Las bolsas transparentes selladas se obtienen en el momento de adquirir los productos en las tiendas libres de impuestos.
    Las bolsas STEB son adquiribles en las tiendas de Duty Free
    Las normativas pueden diferir de un país a otro, por lo que se ruega consultar previamente con la agencia o la aerolínea de su viaje.

  • Excepciones


    Alimentos para bebés acompañantes (alimentos líquidos, zumos, leche materna, etc) Medicamentos durante el vuelo (productos farmacéuticos de todo tipo con receta médica) Alimentos de una dieta prescrita por médico (lactosa, gluten, etc)
    Los artículos mencionados previamente deben ser presentados al personal de la inspección.
    Los medicamentos recetados por médico deberán ser acompañados de documentos que justifiquen su origen (receta médica, certificado médico, sobre contenedor de medicamentos, etc) y de una remisión médica o una etiqueta de descripción. Si el personal de inspección los juzga como artículos peligrosos a pesar de que son permitidos de acuerdo a las normativas vigentes, será imposible su introducción al avión.


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